Según la
costumbre, en Contabilidad se le llama "lo devengado" a aquellos
registros o asientos que expresan los derechos y obligaciones de una entidad en
el momento en el que nacen. Es decir aunque ello no implique una salida o
ingreso inmediato en efectivo. En otras palabras, se registra una transacción
que aunque no se pague o cobre inmediatamente, si expresa en Contabilidad un derecho u obligación. En
contraste, "lo percibido" incluye movimientos cuyo registro implica
una salida o ingreso en efectivo inmediato.
En el artículo 47 de la ley de ISR, se afirma que los contribuyentes
obligados a llevar contabilidad de acuerdo al Código de Comercio, están
obligados a utilizar el sistema devengado tanto para los ingresos como para los
gastos, y los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad según el código
de comercio, podrán optar entre ambos.
Bajo esta premisa, los Bancos y las Cooperativas, basados en el párrafo segundo del artículo
47, utilizan un sistema mixto, pues a diferencia de otras, estas entidades
desarrollan actividades que suponen un pago de intereses a clientes en cuentas
de captaciones (ahorros), y un cobro de intereses en cuentas de colocaciones
(créditos). He aquí el dilema, por cuanto los intereses de ahorros son un gasto
definitivo y se debe aprovisionar, sin embargo los intereses de créditos son
inciertos, puesto que algunos clientes incumplen la obligación. El problema de
aprovisionar ambos intereses, se produce al momento del impuesto, ya que si se
aprovisionan intereses de ahorros (gasto) el impuesto será menor, lo cuál es
razonable. Por el contrario aprovisionar intereses de créditos (ingreso),
resulta en un impuesto mayor, lo cuál es incierto. Ahora bien, de ejecutar pago de
impuesto aprovisionando ingresos que aún no se han percibido, en consecuencia se paga dinero
que aún no ha ingresado. Por lo tanto, es conveniente utilizar el sistema
devengado para gastos y el sistema percibido para los ingresos, de esta manera
se obtiene un cálculo de impuesto razonable y tanto más preciso. De aquí
la razón de utilizar un sistema mixto basado en el artículo referido.